El Gobierno anunció el proyecto denominado Súper RIGI, que promete una alícuota del impuesto a las Ganancias del 15%, un piso de Ingresos Brutos por debajo del 0,5% sujeto a adhesión provincial y la exención de derechos de exportación para atraer inversiones en litio, hidrógeno verde, autos eléctricos y paneles solares, según el ministro Luis Caputo (News, 24/5/2026). Vemos esto como una herramienta para captar capitales y generar cadenas de valor, pero también como un incentivo que exige cálculos: los beneficios fiscales alivian la carga en el corto plazo, pero la estabilidad y la adhesión provincial son condicionales.

¿Qué es el ‘Súper RIGI’ y qué beneficios ofrece?

El proyecto se presenta como un superset de los regímenes anteriores (RIGI y RIMI) y suma una batería de alivios tributarios pensados para inversiones nuevas y sectoriales; entre los puntos anunciados figuran una alícuota de Ganancias del 15% para Vehículos de Proyecto Único (según anuncio de Caputo, News, 24/5/2026), la posibilidad de amortización acelerada de bienes e infraestructura, la devolución de saldos a favor de IVA en un plazo máximo de tres meses y el cómputo del 100% del impuesto al cheque como crédito para Ganancias (News, 24/5/2026). Recordemos que el RIGI ya tiene 16 iniciativas aprobadas por casi u$s30.000 millones de inversión comprometida, según el ministro (News, 24/5/2026), y que la vigencia del régimen fue prorrogada hasta el 8 de julio de 2027 mediante el Decreto 105/2026 publicado en el Boletín Oficial (Decreto 105/2026, Boletín Oficial).

¿Cómo impacta esto en el mercado argentino?

Los incentivos pueden acelerar proyectos grandes y atraer oferta de capitales, pero también reavivan la competencia fiscal entre jurisdicciones y la discusión sobre coparticipación, un problema repetido en el pasado: el pacto fiscal de la gestión anterior se encontró con incumplimientos provinciales, que priorizaron la recaudación (según reporte del News sobre antecedentes). A nivel provincial hay esquemas ya activos con condiciones distintas; por ejemplo, la Ley Provincial 15.510 de Buenos Aires ofrece exenciones escalonadas a partir de u$s5 millones —entre u$s5M y u$s50M otorga 30% de exención por cinco años, entre u$s50M y u$s200M 25% por cuatro años y más de u$s200M 20% por tres años, con posibilidad de extender hasta 30 años en proyectos mayores (Boletín Oficial provincia de Buenos Aires). En Entre Ríos el RINI contabilizaba 125 proyectos por más de u$s208 millones presentados a fines de abril (Gobierno provincial, informe citado en News), mientras Neuquén tiene regímenes desde u$s500.000 en adelante (Ley 3502, Neuquén). En términos prácticos, esto significa que el beneficio real depende tanto del monto como del lugar y de la capacidad de las provincias para adherir y mantener estabilidad fiscal.

¿Conviene aprovechar estos incentivos si tenés una pyme o planeás invertir?

Para las MiPyMEs el RIMI fija umbrales concretos: micro u$s150.000, pequeñas u$s600.000, medianas tramo 1 u$s3.500.000 y tramo 2 u$s9.000.000, según la Resolución General Conjunta 5849/2026 (ARCA; Secretaría de Energía; Secretaría de Agricultura, 2026). Vemos dos puntos clave: primero, muchos de estos regímenes —incluido el RIMI— todavía requieren reglamentación operativa; la RG Conjunta 5849/2026 publicó la letra chica pero el sistema de gestión no está plenamente disponible (Resolución 5849/2026). Segundo, los beneficios fiscales como la amortización acelerada (por ejemplo, bienes muebles en dos cuotas anuales iguales o vida útil reducida al 60% para obras, según la norma) y la devolución del IVA en tres meses alivian flujo inicialmente, pero el valor presente de esos alivios debe compararse con el costo de oportunidad del capital y el riesgo de cambios regulatorios. Por eso recomendamos simular flujo de caja con y sin incentivo y pedir asesoría fiscal antes de tomar decisiones estructurales.

Qué pasos concretos recomendamos

Primero, mantener o completar un fondo de emergencia de 3–6 meses antes de comprometer capital en nuevos proyectos; esto es prioridad para hogares y también para dueños de pymes que enfrentarán volatilidad en los primeros años. Segundo, priorizar el pago de deudas caras y, si hay excedente, reservar parte en dólares o instrumentos dolarizados como colchón frente a la inflación y riesgos locales, tal como recomendamos previamente. Tercero, no reestructurar nóminas ni beneficios laborales sin asesoría: revisar recibos y consultar un contador o abogado evita perder derechos por diseñar esquemas meramente tributarios (recomendación práctica). Cuarto, para quien evalúa invertir, pedir proyecciones que incluyan el plazo de estabilidad fiscal (la provincia de Buenos Aires permite extender hasta 30 años en proyectos mayores a u$s200M, Boletín Oficial PBA) y considerar la incertidumbre de adhesión provincial; en la mayoría de los casos conviene avanzar con prudencia y asesoramiento profesional.