La primera cuota del aguinaldo (Sueldo Anual Complementario) debe pagarse hasta el 30 de junio de 2026 y, por normativa, puede acreditarse hasta cuatro días hábiles adicionales en algunos casos (según iProfesional, 27/5/2026). Esto transforma al mes de junio en un punto clave para ordenar las finanzas personales: saber cuánto te corresponde y decidir si lo usás para bajar deuda, reforzar el ahorro o comprar dólares.
¿Qué es el aguinaldo y cuándo lo cobran los trabajadores?
El aguinaldo (SAC) es una remuneración extra que se paga en dos cuotas semestrales: junio y diciembre. En 2026, la primera cuota vence el 30 de junio, aunque algunos empleadores pueden acreditar el pago en los primeros días de julio por el margen operativo (iProfesional, 27/5/2026). El derecho alcanza a trabajadores registrados del sector privado, empleados públicos, jubilados y pensionados; en cambio, monotributistas e informales no cobran aguinaldo salvo que exista una relación laboral reconocida judicialmente (iProfesional, 27/5/2026). Para personal de casas particulares, el pago debe realizarse en la última jornada laboral de junio (iProfesional, 27/5/2026).
¿Cómo se calcula y qué conceptos entran al SAC?
El cálculo es simple en su fórmula: SAC = 50% de la mayor remuneración mensual devengada entre enero y junio de 2026 (Ley de Contrato de Trabajo, art. 122; Ley 23.041; Decreto 1078/1984). Es decir, si la mejor remuneración del semestre fue $1.000.000, el aguinaldo bruto será $500.000 (ejemplo práctico según iProfesional, 27/5/2026). Al cálculo deben incluirse todos los conceptos remunerativos: sueldo básico, horas extras, comisiones, antigüedad, premios y adicionales remunerativos. Quedan excluidos los conceptos no remunerativos como viáticos con comprobantes, asignaciones familiares y sumas no remunerativas salvo disposición expresa (Ley de Contrato de Trabajo, art. 122; Decreto 1078/1984). Si hubo aumentos con carácter retroactivo, el empleador tiene la obligación de recalcular y pagar la diferencia.
¿Qué conviene hacer con el aguinaldo? Tres opciones prácticas
Vemos tres usos realistas, según prioridades financieras: 1) Reforzar el fondo de emergencia: mantener o completar un colchón de 3–6 meses de gastos (recomendación editorial), evitando usar todo el aguinaldo en consumo. 2) Pagar deudas caras: priorizar tarjetas y préstamos con tasas altas; aunque no tengamos acá la tasa exacta para cada caso, la regla del costo de oportunidad es clara: reducir deuda cara genera ahorro inmediato. 3) Ahorrar una porción en dólares: dado el rol del dólar como refugio en Argentina, reservar parte del aguinaldo en moneda dura protege poder de compra (posición editorial vigente). Alternativas adicionales: si no hay deudas urgentes ni necesidad de emergencia, estacionar una porción en plazos fijos digitales o UVA para corto plazo o invertir montos que puedas dejar quietos en cedears. Siempre separar una porción para consumo planificado (no más del 20–30% si necesitas cubrir gastos o pequeños gustos).
¿Y si termina la relación laboral antes del pago?
Si la relación laboral se extingue por despido, renuncia u otro motivo, el trabajador tiene derecho al aguinaldo proporcional al tiempo trabajado hasta la fecha de finalización; ese monto debe incluirse en la liquidación final (iProfesional, 27/5/2026). Los herederos también conservan el derecho en caso de fallecimiento. En la práctica conviene verificar el recibo de liquidación y, ante dudas, exigir el detalle que demuestre el proporcional. Si hubo sumas remunerativas percibidas en el semestre, deben computarse para no perjudicar el cálculo.
Cerrar con una recomendación concreta: antes de gastar, calculá cuánto te corresponde (revisá el mejor recibo del semestre), apartá lo que falta para tu fondo de emergencia (3–6 meses), pagá la deuda más cara que tengas y guardá al menos una porción en dólares o activo que preserve valor. Esa secuencia minimiza el costo de oportunidad y deja margen para disfrutar sin remordimientos.