ARCA publicó el 28/4/2026 una serie de preguntas y respuestas que explican quiénes pueden adherir al Régimen de Declaración Jurada Simplificada del Impuesto a las Ganancias y qué condiciones deben cumplirse. La guía aclara plazos, qué bienes computan como patrimonio y cómo operan las incompatibilidades más habituales, además de confirmar requisitos sobre contratos de locación y la bancarización de bienes declarados, según ARCA (AFIP), publicado por iProfesional el 28/4/2026.
¿Quiénes pueden adherir y qué requisitos exigen?
La guía deja claro que para acceder al régimen hay que cumplir los requisitos de ingresos, patrimonio y no ser gran contribuyente en cada uno de los 3 años anteriores al período base; la residencia fiscal, en cambio, debe cumplirse en el período base (según ARCA, 28/4/2026). El patrimonio se valora a la totalidad de bienes al 31 de diciembre de cada año y suma participaciones societarias, bienes en el país y en el exterior, gravados o no (ARCA). Para quienes cobran sueldo en relación de dependencia o son jubilados, la adhesión es posible: si no están inscriptos pueden confirmar la inscripción al momento de adherir. Estos datos son claves para autodiagnosticarse antes de entrar: revisar los 3 años de antecedentes y el cierre patrimonial al 31/12 evita sorpresas.
Cambios prácticos que aclara ARCA
La Q&A confirma que los topes máximos de ingresos y patrimonio se actualizan anualmente por UVA (Unidad de Valor Adquisitivo), por lo que el umbral no es fijo en pesos sino móvil según UVA (ARCA, 28/4/2026). ARCA también recuerda que los datos precargados pueden ajustarse sin límites antes de la confirmación: conviene revisar participaciones societarias y rentas exentas que se deben declarar. En materia de facilidades de pago, la guía menciona la posibilidad de usar el plan previsto por la RG 5321 (o la que lo reemplace) para pagar saldos; si el plan caduca, se pierde el requisito de pago en término y, por ende, los beneficios del régimen. Finalmente, ARCA aclara que no es necesaria la bancarización de bienes ya incorporados anteriormente en Bienes Personales, y que los contratos de locación deben seguir inscribiéndose en el RELI conforme la RG 5545 y la Ley 27.737.
¿Cómo impacta según tu perfil?
Para un empleado que no sufrió retención de Ganancias, la alternativa de entrar al régimen simplificado es posible y puede ser más simple administrativamente; si ya hubo retención, la persona debe inscribirse para poder adherir y presentar la DJ simplificada (ARCA). Para socios de SRL o quienes tengan rentas cedulares, la guía permite la adhesión siempre que se cumplan los requisitos. Las sociedades de hecho y explotaciones unipersonales tienen reglas específicas: un socio puede adherir de manera individual y los unipersonales deben presentar un estado de resultados simplificado incluyendo amortizaciones y ajustes por inflación cuando correspondan. En resumen: la guía amplía la frontera de quién puede adherir, pero obliga a revisar patrimonio y a regularizar declaraciones anteriores para no perder beneficios (ej.: poder presentar 2025 por el régimen si regularizan antes del vencimiento, según ARCA).
Qué hacer: pasos concretos y recomendaciones prácticas
Vemos cuatro pasos claros: 1) Revisar tus últimos 3 años de ingresos y el patrimonio al 31/12 para confirmar elegibilidad (ARCA, 28/4/2026). 2) Chequear datos precargados en ARCA y corregir participaciones societarias o rentas exentas antes de confirmar. 3) Si hay deuda, considerar un plan de facilidades (RG 5321) con cuidado: si caduca se pierde el beneficio. 4) No bancarizar forzosamente bienes ya declarados en Bienes Personales, según la guía. Desde la perspectiva patrimonial: mantener un fondo de emergencia de 3–6 meses y evitar liquidar reservas en dólares solo para pagar impuestos sigue siendo prudente (posición editorial previa, 28/4/2026). Finalmente, si hay dudas técnicas (ajuste por inflación, uso de facturas apócrifas), conviene rectificar la DJ antes de una notificación para evitar que se configure una discrepancia significativa, tal como lo permite la guía.
En definitiva: la Q&A de ARCA baja varios supuestos al terreno y facilita la autoverificación. Pero no es una invitación a decidir de apuro: revisar números, regularizar lo atrasado y pensar la forma de pago (no vaciar reservas en dólares) es el camino sensato.