Desalojo exprés: cómo quedó la ley aprobada en el Senado y qué cambia para inquilinos
El Senado aprobó con modificaciones el régimen de desalojo exprés para alquileres. Analizamos los cambios clave en el capítulo principal y qué implican para el bolsillo de quienes alquilan en 2026.
El Senado de la Nación aprobó este jueves 6 de agosto de 2026 el proyecto de ley de propiedad intelectual que incluye el régimen de desalojo exprés para alquileres, aunque con cambios importantes en el capítulo central sobre desalojos.
La iniciativa, que ya había pasado por Diputados, llegó al recinto con modificaciones impulsadas por bloques opositores y algunos oficialistas. Finalmente se sancionó con solo dos capítulos clave intactos, mientras que el más polémico —el que regula los desalojos— incorporó limitaciones al procedimiento exprés.
¿Qué dice la norma aprobada?
El texto final mantiene la posibilidad de un juicio de desalojo más ágil cuando el locador acredite la falta de pago o el vencimiento del contrato. Sin embargo, se incorporaron salvaguardas que los inquilinos y organizaciones de defensa del consumidor habían reclamado: se exige que el juez verifique la existencia de una situación de vulnerabilidad antes de ordenar el lanzamiento y se amplía de 10 a 30 días el plazo mínimo para desalojar en la mayoría de los casos.
Además, se mantiene la obligación de que el locador ofrezca una propuesta de solución alternativa (como un plan de pago) antes de avanzar al desalojo exprés. Esta modificación reduce el riesgo de que familias enteras queden en la calle de un día para el otro, aunque agiliza el proceso respecto de la ley anterior.
El impacto en el bolsillo de los inquilinos
Para la mayoría de los hogares que alquilan en CABA y el Gran Buenos Aires, donde el alquiler representa entre el 40% y el 55% del ingreso mensual, esta norma genera una doble lectura. Por un lado, los propietarios podrán recuperar más rápido sus inmuebles cuando haya incumplimiento, lo que podría desincentivar algunos abusos por parte de inquilinos. Por el otro, se mantiene una herramienta que, en la práctica, facilita el desplazamiento de familias de bajos y medianos ingresos en un contexto de salarios que no alcanzan y alquileres que siguen subiendo por encima de la inflación.
Según datos del último informe de la Defensoría del Pueblo, en los últimos 18 meses los desalojos iniciados por falta de pago crecieron 38%. La mayoría de los casos involucra hogares con al menos un integrante desocupado o con trabajo informal.
Cambios clave que se aprobaron
- Se eliminó la posibilidad de desalojo exprés en menos de 15 días cuando hay niños, personas mayores o con discapacidad en el hogar.
- Se incorporó la obligatoriedad de que el juez cite a una audiencia de conciliación previa obligatoria.
- Se mantiene la figura del “desalojo exprés” pero con plazos más razonables y mayor control judicial.
- Se reafirma la prohibición de desalojos durante el invierno (entre el 1 de junio y el 31 de agosto), independientemente del tipo de procedimiento.
La mirada productiva y distributiva
Desde una perspectiva que prioriza el derecho a la vivienda y el impacto en el consumo familiar, esta ley no resuelve el nudo central del problema habitacional argentino: la falta de oferta de alquileres a precios accesibles y la ausencia de una política pública fuerte de vivienda. Mientras los salarios reales siguen recuperándose lentamente después de la fuerte licuación de 2024-2025, los alquileres en las grandes ciudades subieron 85% interanual en el primer semestre de 2026, muy por encima de la inflación acumulada.
El desalojo exprés, incluso con los cambios aprobados, tiende a resolver el conflicto desde el lado de la propiedad y no desde la necesidad social. En un país donde más del 35% de los hogares vive en alquiler, regular el acceso a la vivienda no es un tema secundario: es una variable clave de la distribución del ingreso y de la estabilidad del consumo interno.
Qué pueden hacer los inquilinos ahora
Si estás alquilando, es clave que conozcas tus derechos bajo la nueva norma. Guardá siempre por escrito toda comunicación con el propietario o la inmobiliaria. Ante cualquier intimación de desalojo, consultá inmediatamente con una defensoría del pueblo, un centro de acceso a la justicia o un abogado especializado en derecho del consumidor. La audiencia de conciliación previa se vuelve una instancia fundamental para negociar planes de pago o prórrogas.
El mercado inmobiliario ya empezó a ajustar sus contratos a la nueva realidad legal. Varias cámaras de propietarios celebraron la aprobación, mientras que inquilinos y organizaciones sociales advirtieron que se trata de un retroceso en materia de derechos.
La ley entrará en vigencia 30 días después de su publicación en el Boletín Oficial. Hasta entonces, siguen rigiendo las normas anteriores. El desafío de fondo —construir una política de alquileres sociales y ampliar la oferta de vivienda— sigue pendiente y dependerá de las decisiones que tome el próximo presupuesto nacional.